Seguridad Pública:
Vecino Vigilante no tendrá vacaciones
• La participación de la ciudadanía es clave y se debe reforzar
Magnolia Reyes Utrera.- Ernesto González Quiroz, vocero de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), señaló que pese a las vacaciones de verano los programas que forman parte de esta área no son suspendidos, por lo que señaló que seguirán implementando acciones como Vecino Vigilante.
Entrevistado a su arribo a Palacio de Gobierno, el funcionario destacó que Escuela Segura, Vecino Vigilante, entre algunos otros, serán reforzados durante esta temporada.
Cuestionado sobre los resultados que se han observado destacó: “Los operativos de las escuelas ya tenemos tiempo de estarlos llevando, entonces ahorita simplemente vamos a revitalizar, tiene que ver con el Vecino Vigilante, entonces la participación ciudadana es la que nos da la oportunidad de estar en contacto”.
- La vigilancia para casas-habitación por la temporada ¿se va a reforzar?
- Repito, todos los programas de la secretaría no son improvisados, tenemos programas tanto preventivos como operativos.
Finalmente González Quiroz señaló que también se mantienen los operativos sobre las carreteras, por lo que se seguirá observando vigilancia en diversos puntos.
“El agrupamiento carretero seguirá con sus puestos a lo largo de todas las carreteras del estado y entonces vamos a darles apoyo tanto mecánico, como médico”, enfatizó.
Julio 4th, 2012 - 1:53 pm
A diferencia del Código Penal de Procedimientos Penales Federal, en la Legislación Penal de Aguas Calientes, se establece en el “…Artículo 213.- Son derechos del defensor:
I. Consultar el expediente del procedimiento y obtener las copias y
certificaciones que solicite sobre constancias que obren en el mismo; y…”
Sí dan copias de las actuaciones ministeriales;
Faltó el Voto de 2 Ministros, para llegarle a 8 (OCHO) y lograr la declaración de inconstitucionalidad del párrafo segundo del paragrafo 16 del CPP fed., ni modos, quizás el planteamiento no fue el adecuado, se argumento en torno al “Derecho de Acceso a la Información Pública” y pudiera ser violatorio al Derecho Humano denominado “Debido Proceso” en especial a la “Defensa Adecuada”, ya que acuden a Quejarse ante las Comisiones de Derechos Humanos, fundamentalmente por negarseles el acceso o las copias de las actuaciones que obran en la Averiguación Previa o Investigación Ministerial, lo que impide que la Víctima, Ofendido, Defensor o Representante Legal, -en el caso de personas Jurídicas- realicen una defensa adecuada.
Es decir, las Comisiones de Derechos Humanos no buscan “ESTAR INFORMADOS” al solicitar copias de la Averiguación Previa, lo que pretenden es que la Actuación de quien tiene a su cargo la Averiguación, se apegue a Derecho en esa etapa de pre-instrucción, conforme lo establece la Constitución y los tratados de Derechos Humanos aplicables, a fin de que no se conviertan en Hechos Consumados o irreparables, las Violaciones a los Derechos Humanos del Inculpado.
La intención de las Comisiones de Derechos Humanos, es evidente: la de vigilar durante la instrucción el respeto de los Derechos Humanos, en especial el de Audiencia y Defensa Adecuada.
Quizás con un planteamiento Constitucional distinto, se pueda lograr la declaración de inconstitucionalidad del 16 del CPP FED.
La Vía no Jurisdiccional, dá sus batallas también…
Julio 4th, 2012 - 2:41 pm
¡Hummm! La Vía Jurisdiccional, o sea el Poder Judicial de la Federación como Garante de los DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LOS DERECHOS HUMANOS; puede ser, pero es un problema hacer que un actuario del poder Judicial se constituya ante la Autoridad que niega el acceso al expediente de Averiguación Prevía -Investigación Ministerial- o que niega la expedición de copias de lo actuado, aduciendo la secrecia de la investigación, cuando en ocasiones se lee en los periodicos y en la televisión, que otorgan bastantes datos que pudieran considerarse confidenciales, como por ejemplo: cuando dicen que hay orden de aprehensión en contra de Juan, Pedro y Luis, eso pudiera tener como consecuencia que se escapen, que se sustraigan de la acción de la Justicia, pero allí, no dicen nada de la FAMOSA SECRECIA, que al parecer, se aplica “DISCRECIONALMENTE”.
Cuesta mucho trabajo lograr que un ACTUARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, ACUDA ANTE LA AUTORIDAD QUE NIEGA EL ACCESO A LA INDAGATORIA, sobre todo por la inmediatez con la que debe de actuar, en especial, cuando le esta corriendo el término constitucional A UN DETENIDO, que tiene de 48 hasta 96 horas, para Defenderse de las imputaciones.
La otra Vía, esta expedita, pero…